¿Será token la próxima palabra en entrar en el diccionario de la Real Academia Española? El selecto club de los términos que forman la RAE refleja el cambio del sector financiero: ya incluye criptomoneda, bitcoin y, ¡quién sabe si pronto tokenización, uno de los motores de esta gran revolución! Hoy hablamos de tokenización de activos, ese mundo no tan lejano.
¿Qué es un token?
Token significa ficha o símbolo. William Mougayar, en su libro “The business blockchain”, lo describió como “una unidad de valor que una organización crea para gobernar su modelo de negocio y dar más poder a sus usuarios para interactuar con sus productos, al tiempo que facilita la distribución y reparto de beneficios entre todos sus accionistas”.
Es decir, se trata de una red descentralizada que no necesita de una autoridad central que ejerza de verificador. Su mecanismo se basa en que el registro distribuido aumenta la transparencia, dificultando cualquier tipo de fraude o manipulación, tal y como explicó Jesús Herencia, profesor del Programa Especializado en Blockchain e Innovación Digital del IEB, en el webinar de EFPA España que tuvo lugar el pasado 14 de diciembre. No obstante, el experto insiste en desmentir uno de los mitos más extendidos sobre esta tecnología: “Blockchain no elimina intermediarios, los sustituye por otros más eficientes. Cualquier desarrollo blockchain necesita un desarrollo tecnológico y necesita intermediarios”.
Tokenización de activos
Los tokens son, por lo tanto, activos digitales que se almacenan en una cadena de bloques y pueden representar cualquier cosa: una obra de arte, una entrada para un concierto, una participación en un fondo de inversión, en una empresa o en la deuda de un inmueble, entre otros muchos usos. Las criptomonedas también son tokens. Y todos ellos se pueden comprar, vender e intercambiar.
Las clases de activos tokenizados pueden incluir valores (por ejemplo, acciones o bonos), materias primas (por ejemplo, oro) u otros activos no financieros (por ejemplo, bienes inmuebles). “El 40% de los desarrollos son en el sector financiero. Todo se puede tokenizar, también una empresa, igual que unos paneles solares, unos fondos de inversión…”, explica Jesús Herencia del IEB.
“Todo se puede tokenizar, también una empresa, igual que unos paneles solares, unos fondos de inversión, etc.”
Jesús Herencia, profesor del Programa Especializado en Blockchain e Innovación Digital del IEB.
Tipos de tokens
El Foro Económico Mundial estima que para 2027 el 10% del PIB global estará tokenizado o almacenado en blockchain, lo que se debe principalmente a las amplias aplicaciones que tiene esta tecnología -en multitud de sectores que van mucho más allá de las monedas digitales surgidas a partir de 2009, las cuales son solo uno de los múltiples tokens que existen.
“Las criptomonedas son tokens y hay en el mercado cerca de 9.000, aunque la más conocida es bitcoin. Yo me declaro antibitcoiner, creo más en la tecnología y en los proyectos, en la parte de invención que aporta la tecnología blockchain, que en la parte de inversión/especulación”, explica el experto en tokenización de activos.
Entre las aplicaciones del blockchain que han quedado a la sombra del universo cripto, tenemos los llamados Utility Tokens, que se utilizan para reunir capital en un proyecto y otorgan una participación en las ventas masivas futuras. Después están los Security Tokens, que están ligados a los valores financieros como, por ejemplo, las acciones tradicionales de una empresa. Y por último los Equity Tokens, que están respaldados por un activo tradicional, ya sean acciones de una empresa o bienes inmuebles.
Beneficios y riesgos potenciales de la tokenización de activos
¿Los beneficios de la tokenización de activos? La eficiencia impulsada por la automatización y la optimización de los intermediarios, haciéndolos más eficientes. También la transparencia y, sobre todo, el aumento de liquidez con procesos de compensación y liquidación más rápidos. La tokenización de activos proporciona, además, una forma adicional de lograr la propiedad fraccionaria de los activos. Reduce, por lo tanto, las barreras a la inversión y promueve un acceso más inclusivo por parte de los inversores minoristas a algunas clases de activos tradicionalmente ilíquidos.
¿Y los riesgos? Las redes descentralizadas (DLT) en los mercados de tokens hacen frente a desafíos derivados de su propia naturaleza novedosa. Vulnerabilidad operativa, incertidumbre sobre la finalidad de la liquidación, la interoperabilidad entre diferentes redes que permitirá la conectividad de diferentes infraestructuras; la interoperabilidad de la infraestructura basada en DLT con la infraestructura tradicional; la estabilidad de la red, la solidez de la infraestructura del mercado y las ciberamenazas.
La OCDE también señala los riesgos de gobernanza de los libros de contabilidad totalmente descentralizados, en lo referente a la dificultad de identificar un único propietario o nodo responsable de toda la red. La ausencia de un único punto de rendición de cuentas es un reto importante para regular las redes DLT y asignar la responsabilidad de los fallos en la red.
“La regulación se ha quedado corta, es muy lenta y pone trabas a favorecer e impulsar la innovación en el ecosistema cripto”.
Jesús Herencia, profesor del Programa Especializado en Blockchain e Innovación Digital del IEB.
Regulación: ya tenemos MiCA
El avance del universo de los criptoactivos y de las stablecoins está propiciando que los reguladores comiencen a trabajar en marcos normativos para aportar seguridad jurídica. La Unión Europea pretende ser pionera en este sentido, con la aprobación de una iniciativa legislativa que se denomina MiCA (Markets in Crypto-assets). Entrará en vigor en 2024.
¿Su objetivo? Proteger a los inversores y preservar la estabilidad financiera y, al mismo tiempo, permitir la innovación y fomentar el atractivo del sector de los criptoactivos siempre bajo parámetros de seguridad adecuados. Se pretende regular la actividad de los emisores de criptoactivos y las plataformas de intercambios de monedas (crypto exchanges). Además, prevé un tratamiento especial para aquellas monedas digitales estables, las denominadas stablecoins. Sólo los tokens no fungibles (NFTs), por voluntad propia del legislador, están fuera del alcance de esta normativa. Jesús Herencia, profesor del programa especializado en Blockchain e Innovación Digital del IEB, considera que “la regulación se ha quedado corta, es muy lenta y pone trabas a favorecer e impulsar la innovación en el ecosistema cripto”.
Dos ideas claras quiere dejar sobre la mesa el profesor del IEB Jesús Herencia: “Soy claro e insisto en que yo no invierto ni invertiría en criptomonedas. Eso como primer mensaje. Como segunda idea, y más importante: blockchain es un disruptor total de la economía y lo veremos en 5-10 años a nivel global”.