Desde hoy se encuentra disponible el Boletín de Actualidad Regulatoria elaborado por Zunzunegui Abogados para EFPA España y que pone el foco en la nota informativa publicada por la Comisión Nacional del Mercados de Valores (CNMV).
En el Boletín de este mes se destaca, a nivel nacional, la nota informativa publicada por la CNMV sobre las principales incidencias detectadas en la operativa de las entidades que prestan servicios de inversión (bancos y empresas de servicios de inversión) en el mercado de valores a través de agentes. Esta nota informa de una “experiencia supervisora” sobre la operativa de los agentes financieros como “foco de riesgo” con incidencias “en general solventadas”, pero va mucho más allá. Mezcla varios temas muy relevantes para las entidades y cuestiona sus controles internos sobre las redes de agentes.
Advertencia de la CNMV
Lo más relevante es que fija las prácticas de remuneración para los agentes que considera no aceptables (incluidas ahora en el apartado 5.3 de las Preguntas y respuestas sobre la aplicación de la Directiva MiFID II de la CNMV). La CNMV precisa que debe seguirse un esquema de remuneración de acuerdo con el principio de neutralidad, con el objetivo de no favorezca unos productos frente a otros de la misma tipología, que no incluya aceleradores, y que incorpore de forma significativa criterios cualitativos y no solo cuantitativos.
Prescriptores / presentadores vs asesores financieros
Además, dado que la remuneración de los agentes es 100% variable, el supervisor establece que las entidades deben gestionar adecuadamente los conflictos de interés surgidos, aplicando, por ejemplo, criterios cualitativos basados en la valoración del cumplimiento de las normas de conducta por parte de los agentes. Por otro lado, aborda el tema de los prescriptores/presentadores, sin definirlos y mezclando su actividad con la prestación de servicios de inversión y con referencias a los “agentes presentadores”. A su vez, contiene referencias a la existencia de casos en que los agentes que informan o asesoran no cumplen los requisitos de formación, en particular en relación con la formación continua.
También cabe destacar la aprobación, por parte del Consejo General del Poder Judicial, del informe al anteproyecto de Ley de creación de la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero. El CGPJ ha aportado algunos comentarios respecto del contenido, considerando “exorbitante” extender la protección a empresarios, profesionales, inversores institucionales o personas jurídicas. Además, el texto advierte de que dicho mecanismo vulnera la exclusividad de la jurisdicción consagrada y la tutela judicial efectiva. Por otro lado, se critica la previsión contenida en la disposición adicional tercera del anteproyecto, que establece la posibilidad de recurrir a otros órganos o entidades públicas o privadas en situaciones excepcionales.
A nivel europeo…
A nivel europeo, la Autoridad Europea de Valores y Mercados ha publicado las traducciones oficiales de las directrices aprobadas en septiembre de 2022 sobre determinados aspectos de los requisitos de idoneidad de la MiFID II, que entrarán en vigor el 3 de octubre de 2023. Por su parte, la Comisión Nacional del Mercado de Valores debe comunicar, en un plazo de dos meses, su decisión sobre incorporar o no las directrices en su ejercicio de supervisión.
Por otro lado, el Parlamento Europeo ha dado luz verde al Reglamento M ica, constituyendo el primer marco jurídico en la Unión Europea sobre criptoactivos. El reglamento deberá ser aprobada por el Consejo, entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y será aplicable 18 meses después de la entrada en vigor salvo excepciones.
En lo que respecta al ámbito internacional, cabe destacar el discurso de Pablo Hernández de Cos, Presidente del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y Gobernador del Banco de España sobre las tensiones y estrés financiero en el mercado durante su intervención en el encuentro organizado por el Instituto de Finanzas Internacionales.
Finalmente, se recomienda la lectura del Informe de Estabilidad Financiera publicado por el Banco de España que analiza los riesgos del sistema financiero español, la rentabilidad y la solvencia de las entidades de depósito españolas.