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La CNMV clarifica el régimen jurídico de los instrumentos financieros tokenizados

CNMV

Desde hoy se encuentra disponible el Boletín de Actualidad Regulatoria elaborado por Zunzunegui Abogados para EFPA España.

En el Boletín de este mes destaca la lectura del documento de Preguntas y Respuestas sobre la representación de los Instrumentos Financieros con la Tecnología de Registros Distribuidos (TRD) publicado por la Comisión Nacional de Mercados y Valores (CNMV). Este sistema de representación, si bien puede aportar muchos beneficios en la emisión y la negociación de instrumentos financieros, requiere cautela y la adopción de medidas de protección de los inversores. Es por ello que, para utilizarla, será necesario hacerlo a través de una entidad responsable de la inscripción y del registro de valores negociables (ERIR) y custodia de instrumentos financieros que asuma la responsabilidad del correcto funcionamiento.

El documento de la CNMV incluye las principales preguntas y respuestas sobre las dudas que más se dan en la práctica. Entre ellas, si es posible que los instrumentos financieros basados en TRD pueden además de ser instrumentos cotizados, transmitirse de forma privada entre dos entidades al margen de cualquier centro de negociación, pero siempre habrá un ERIR responsable de cada emisión. O, si es posible constituir derechos reales limitados, prendas u otros gravámenes que limiten los valores negociables gravámenes y derechos reales que limiten estos valores. Sobre esto, la CNMV señala que será posible pero que los ERIR deben contar con las capacidades y permisos necesarios para asegurar que estas gestiones se realizan conforme a la normativa vigente.

Tres productos regulatorios vinculados a MiCA

Asimismo, el Boletín aconseja leer tres productos regulatorios sobre gobernanza, conflictos de interés y remuneración vinculados al Reglamento MiCA que ha publicado la Autoridad Bancaria Europea. En materia de gobernanza, el paquete incluye una guía con los contenidos mínimos sobre esta matera que deben incluir los emisores de tokens referenciados a activos (ARTs, por sus siglas en inglés). Con ello, se especifican varias de las provisiones recogidas en MiCA tomando en consideración el principio de proporcionalidad.

En el informe final de estándares técnicos de regulación sobre el contenido mínimo de los acuerdos de gobernanza sobre las políticas de remuneración, se recoge un marco similar al marco de remuneración de las empresas de inversión. Por último, el informe final con estándares técnicos de regulación sobre conflictos de interés para emisores de ARTs, especifica procedimientos efectivos para identificar, prevenir, gestionar y revelar conflictos de intereses.

Ejercicio de supervisión de la CNMV

A nivel nacional, destaca que, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) realizó un ejercicio de supervisión del cumplimiento de las obligaciones en materia de mejor ejecución. El estudio se centró en entidades que prestan servicios de inversión en la operativa de clientes con renta variable. La Directiva MiFID II obliga a las entidades a obtener el mejor resultado posible para sus clientes en la ejecución de sus órdenes lo cual, se determinará en términos de contraprestación total.

La CNMV detecta diversas incidencias en el cumplimiento de estas obligaciones según MiFID II. Entre ellas destaca que, las entidades no siempre realizan este análisis comparativo de los intermediarios y centros de ejecución que han seleccionado, ni tampoco del coste de la intermediación. Asimismo, acredita que algunas entidades tampoco realizan siempre una revisión periódica de su política de mejor ejecución. La institución, está satisfecha con los resultados, señalando que, pese a estos errores detectados y comunicados a las entidades, el nivel general de cumplimiento normativo es correcto.

A nivel europeo

A nivel europeo, se debe resaltar que desde ESMA ha hecho público un Informe Final con estándares técnicos de regulación en materia de conflictos de interés de los proveedores de servicios de criptoactivos en el marco del Reglamento MiCA. El objetivo del informe es aclarar elementos sobre la integración vertical de los proveedores de servicios de criptoactivos y alinearse con las normas de la Autoridad Bancaria Europea para los emisores de tokens referenciados a activos. Asimismo, en él se incluyen actualizaciones sobre los requisitos de las políticas y procedimientos para identificar, prevenir y analizar los conflictos de interés.

En lo que respecta al ámbito internacional, cabe destacar que el Banco de Pagos Internacionales (BIS, por sus siglas en inglés) ha anunciado que el Proyecto mBridge ya cumple los requisitos mínimos para su puesta en funcionamiento. Su objetivo es crear una plataforma de moneda digital de múltiples bancos centrales compartida entre los bancos centrales y comerciales para permitir pagos y liquidaciones transfronterizos instantáneos. Con este proyecto se abordan algunas ineficiencias en los pagos transfronterizos y abordar preocupaciones sobre la inclusión financiera. El BIS invita ahora a empresas del sector privado a proponer nuevas soluciones para desarrollar aún más el potencial de la plataforma.

Finalmente, se recomienda la lectura del informe conjunto sobre las labores de ESMA en materia de supervisión común y ejercicio de mistery shopping relacionados con la normativa sobre marketing según MiFID II. ESMA y las Autoridades Nacionales Competentes (NCAs, por sus siglas en inglés) concluyen que, por lo general, se cumple con la normativa sobre marketing en las comunicaciones y que las firmas tienen procedimientos para asegurar que cumplen con lo previsto en MiFID II sobre esta materia. Sin embargo, muestran preocupación en relación con la sostenibilidad de las comunicaciones y anuncios.

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