La Comisión Nacional de Mercados y Valores (CNMV) ha informado a la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) de que cumple con sus Directrices relativas al ejercicio de comparación sobre las prácticas en favor de la diversidad, incluyendo las políticas de diversidad y la brecha salarial entre géneros, de conformidad con la Directiva 2013/36/UE y la Directiva (UE) 2019/2034 (en adelante, las Directrices de EBA).
Antecedentes de las Directrices de EBA
En concreto, la Directiva 2013/36/EU, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión identificó la ausencia de diversidad en los órganos de dirección, como uno de los factores que influían en la falta de control sobre las decisiones en materia de gestión que se adoptan en este tipo de entidades.
Es por ello que, la Directiva incluyó varias obligaciones relacionadas con esta cuestión, entre ellas, el deber de las entidades de adoptar políticas de diversidad y, de los Estados Miembros y Autoridades Nacionales Competentes (NCA, por sus siglas en inglés), de controlar su cumplimiento. Aunque esta falta de diversidad incluía otros factores, la norma hacía hincapié en la importancia de lograr el equilibrio entre hombres y mujeres para asegurar una representación adecuada de la población.
Avances, pero lentos
En el marco de estas obligaciones impuestas por la Directiva, en marzo de 2023, EBA publicó un Informe sobre la evaluación comparativa de las prácticas en materia de diversidad y la diferencia salarial entre hombres y mujeres, que analizaba el estado y evolución de ambas cuestiones en las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión. En dicho informe, la Autoridad concluyó que, si bien los resultados habían mejorado, los avances eran lentos.
Destacaba, en concreto, que el 27,05% de las entidades todavía no habían adoptado políticas de diversidad, que en el 56% no había ninguna directora ejecutiva y que tan solo el 18% contaba con órganos de dirección liderados por mujeres. En cuanto a la brecha salarial, los datos reflejaban una diferencia del 9,43% entre el salario de las directoras y de los directores ejecutivos.
A raíz de este informe, en abril del año pasado, EBA lanzó una consulta pública para que las interesados pudiesen pronunciarse sobre qué datos sobre prácticas y políticas de diversidad consideraban que era necesario remitir a la Autoridad para garantizar futuros análisis comparativos (benchmarking) armonizados. Tras analizar los comentarios remitidos, EBA publicó en diciembre de 2023 la versión en inglés y en marzo de 2024, la versión en español, de las Directrices relativas al ejercicio de comparación sobre las prácticas en favor de la diversidad, incluyendo las políticas de diversidad y la brecha salarial entre géneros, que ahora han sido adoptadas por la CNMV.
Las Directrices de EBA
La finalidad de estas Directrices es que EBA pueda hacer un seguimiento periódico de los cambios en favor de la diversidad que se implementan en las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión de los Estados Miembros.
El primer bloque de datos que interesa a la Autoridad son, las políticas de diversidad adoptadas y la composición de los órganos directivos al final de cada año natural. Sobre esto último, las entidades deberán adaptar los cálculos atendiendo a su organigrama interno y clasificar los resultados diferenciando entre género masculino, femenino y no binario, según el género con el que el propio miembro de órgano directivo se identifique.
Cómo se computa la brecha salarial
En lo que se refiere al segundo bloque relevante, la brecha salarial entre géneros, las entidades deberán suministrar los datos correspondientes a los miembros ejecutivos, los no ejecutivos y los representantes de los empleados. A grandes rasgos, la brecha salarial se computará partiendo de la remuneración anual bruta total – siendo esta, la suma de la remuneración fija y variable antes de impuestos –mediante el cálculo de los siguientes importes:
- La diferencia entre la remuneración media de los hombres y de las mujeres, dividida por la remuneración media de los hombres;
- En segundo lugar, la diferencia entre la mediana de la remuneración de los hombres y de las mujeres, dividida por la mediana de la remuneración de los hombres;
- En tercer lugar, la diferencia entre la remuneración media de los hombres y de los miembros no binarios, dividida por la remuneración media de los hombres;
- Por último, la diferencia entre la mediana de la remuneración de los hombres y de los miembros no binarios, dividida por la mediana de la remuneración de los hombres.
Las NCA deberán recopilar esta información de una muestra representativa de entidades de crédito y empresas de servicio de inversión y remitirla a la EBA cada tres años a partir de 2025.