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El Banco de España publica un Compendio de buenas prácticas bancarias

España

Desde hoy se encuentra disponible el Boletín de Actualidad Regulatoria elaborado por Zunzunegui Abogados para EFPA España.

En el Boletín de este mes a nivel nacional destaca que el Banco de España ha publicado el primer Compendio de buenas prácticas bancarias que define como “aquellos criterios interpretativos, metodologías o procedimientos necesarios que, sin estar explícitamente recogidos en la normativa que debe regir la actuación de las entidades financieras, se han consolidado como estándares en el sector o son razonablemente exigibles para la gestión responsable, diligente y respetuosa con la clientela bancaria”. Según el Banco de España estas prácticas representan un compromiso de las entidades con la ética profesional y la protección de los intereses de sus clientes.

El objetivo de esta guía es recoger los estándares de actuación exigibles a las entidades supervisadas para asegurar que mantienen una relación responsable con sus clientes. Normalmente estos criterios se incluían en la Memoria de Reclamaciones del Banco de España. No obstante, la Institución ha decidido a partir de ahora publicar esta guía de forma independiente dada la intensificación en las labores de supervisión de conducta. De este modo, Banco de España conseguirá proporcionar una guía clara y actualizada en esta materia. Constituyen expectativas supervisoras que ofrecen un Safe Harbor a las entidades.

Más allá de España: Reglamento MiCA

A nivel europeo, se recomienda la lectura de la consulta pública lanzada por las tres Autoridades Europeas de Supervisión (EBA, EIOPA y ESMA) sobre directrices del Reglamento MiCA. Las directrices sometidas a consulta buscan proporcionar un enfoque común en la clasificación de criptoactivos que sirva, tanto para los participantes del mercado, como para los supervisores. Para ello se propone la creación de una prueba o test estándar y de unas plantillas descriptivas que clasifiquen desde el punto de vista legal y regulatorio los distintos tipos de criptoactivos.

Para el caso de los ARTs, el libro blanco deberá incluir, además de información exhaustiva sobre el activo, una evaluación legal sobre el tipo de criptoactivo. En particular, deberá indicar que no es un EMT y que está incluido dentro del ámbito de aplicación de MiCA. Lo mismo para el caso de criptoactivos distintos de los ARTs y los EMTs, acompañando al libro blanco se deberá incluir un análisis legal que se refiera al hecho de que no es un ART, un EMT y que no está excluido del ámbito de aplicación de MiCA.  

Segundo informe en el marco MiCA

A su vez, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) ha publicado su segundo Informe final en el marco del Reglamento MiCA, compuesto por ocho estándares técnicos. La finalidad de estos estándares es garantizar la transparencia de cara a los inversores minoristas, aportar claridad a los proveedores de criptoactivos sobre las obligaciones de comunicación y los requisitos de registro y, recoger los estándares de datos que se deben remitir a las Autoridades Nacionales Competentes (NCA, por sus siglas en inglés).

Entre los estándares incluidos destacan, por un lado, aquellos de carácter técnicos orientados a garantizar que tanto las personas, como las máquinas, puedan leer los libros blancos de criptoactivos y, por otro, las reglas sobre los datos que deben publicar los proveedores de servicios de criptoactivos para garantizar la transparencia antes y después de la negociación de criptoactivos. A su vez, el Informe aborda obligaciones de comunicación pública que, entre otras cuestiones, permitirá a los inversores comprender el impacto sobre el clima y el medio ambiente de los criptoactivos que poseen.

En lo que respecta al ámbito internacional, cabe destacar que el Banco de Pagos Internacionales (BIS, por sus siglas en inglés) ha lanzado una consulta pública sobre los principios para la buena gestión de los riesgos de terceros. Los bancos, con motivo de los continuos avances en digitalización, dependen cada vez más de terceros para la prestación de servicios que antes no realizaban. Esta mayor dependencia, aunada a la expansión de las cadenas de suministros, ha hecho necesario actualizar el Informe sobre Externalización en los servicios financieros del año 2005.

Principios para orientar a bancos y supervisores

El objetivo de la consulta pública es recabar opiniones sobre doce principios que deben orientar a los bancos y supervisores en la gestión eficaz de los riesgos derivados de externalizar servicios con terceros. Estos principios introducen conceptos como el ciclo de vida de la subcontratación y han sido elaborados desde la perspectiva de neutralidad tecnológica por lo que, pueden adaptarse a nuevas tendencias tales como, la Inteligencia Artificial o la tecnología blockchain. Estos principios complementarán y ampliarán el Informe 2023 sobre Mejora de la gestión del riesgo de terceros y de la supervisión. El plazo para remitir comentarios finalizará el próximo 9 de octubre de 2024.

Finalmente, se recomienda la lectura de Informe publicado por EBA en el que se analiza la aplicación de políticas de remuneración neutras desde el punto de vista del género. Pese a que el informe se centra en el principio de igualdad retributiva, también se analiza factores que indican que debería haber una igualdad de oportunidades. La Autoridad afirma que la industria en sí no tiene dificultades a la hora de adoptar e implementar este tipo de políticas.

Sin embargo, señala que hay entidades que todavía no han adoptado a nivel interno medidas expresas para garantizar que la remuneración sea equitativa ni tampoco medidas de supervisión y que, la existencia de brechas salariales es un indicativo de que se debe trabajar para garantizar la igualdad de oportunidades. Es por ello que, EBA ha concluido que es necesario seguir monitorizando esta cuestión y mejorar la transparencia de esta información.

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