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CNMV: solo el 23% de los clientes tienen preferencia por la sostenibilidad

CNMV

Desde hoy se encuentra disponible el Boletín de Actualidad Regulatoria elaborado por Zunzunegui Abogados para EFPA España que destaca la primera actuación de la CNMV para supervisar el cumplimiento de las entidades que prestan servicios de inversión sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros.

En el Boletín de este mes se recomienda la tercera consulta pública que ha lanzado la Autoridad Europea de Mercados y Valores (ESMA, por sus siglas en inglés) en relación con el Reglamento MiCA. Las reglas y directrices sometidas a consulta se agrupan en cuatro bloques:

CNMV, primera actuación

A nivel nacional destaca que, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha llevado a cabo una primera actuación para supervisar el cumplimiento por parte de las entidades que prestan servicios de inversión del Reglamento (UE) 2019/2088, de 27 de noviembre de 2019, sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros. Esta norma obliga a las entidades financieras a preguntar e integrar en las inversiones asesoradas a los clientes las preferencias que estos tengan en materia de sostenibilidad ambiental o social.

La CNMV ha concluido que el porcentaje de clientes sobre el que se ha recabado la información es bajo y que las preguntas son muy dispares, por lo que es necesario crear un procedimiento uniforme en el que se incluyan ejemplos ilustrativos en cada pregunta o incluso un anexo con explicaciones de los conceptos relacionados con la sostenibilidad. Hay que tener en cuenta que se añade que, tan solo en torno al 23% de los clientes tienen preferencias en materia de sostenibilidad; valores, no obstante, que encajan dentro de la media europea.

A nivel europeo

ESMA ha publicado una consulta pública sobre posibles enmiendas al Reglamento Delegado (UE) Nº 447/2012, de 21 de marzo de 2012, por el que se establecen las normas técnicas de regulación aplicables a la evaluación de la conformidad de los métodos de calificación crediticia y, al Anexo I del Reglamento (CE) Nº 1060/2009, de 16 de septiembre de 2009, sobre las agencias de calificación crediticia. El objetivo de esta consulta pública es mejorar la metodología y el proceso de calificación crediticia. Para ello, se pretende, por un lado, una mayor integración de los factores medioambientales, sociales y de gobierno corporativo, comúnmente conocidos como Principios ESG (por sus siglas en inglés) y, por otro, aumentar su transparencia y credibilidad.

En lo que respecta al ámbito internacional, cabe destacar que el Banco de Pagos Internacionales (BIS, por sus siglas en inglés) ha presentado este mes su nuevo proyecto, el Proyecto Agorá que se desarrollará junto a siete bancos centrales internacionales y contará con la colaboración del sector privado. La finalidad del proyecto es explorar cómo la tokenización puede favorecer el funcionamiento del sistema monetario. En concreto, se centrará en investigar cómo se pueden integrar los depósitos bancarios comerciales tokenizados con el dinero del banco central. Todo ello se hará en una plataforma financiera central programable de carácter público-privado.

Memoria de supervisión 2023

Finalmente, se recomienda la lectura de la memoria de supervisión del año 2023 publicada por el Banco de España, en la que la entidad analiza en seis apartados sus funciones de supervisión y las actuaciones principales a nivel macroprudencial que ha realizado a lo largo de este año.

En relación con la Supervisión de las tasadoras, la memoria destaca que en 2022 se remitió una carta a las dos asociaciones de sociedades de tasación y se mantuvieron reuniones con ellas para informarles de las principales debilidades que se habían detectado. En especial, se incidió en la necesidad de subsanar deficiencias en la aplicación de los métodos de valoración, y mejorar el contenido de los informes de tasación, que, en el caso del método de comparación, se centraban en el contenido de la información de mercado, las características de los testigos y el proceso de homogeneización valorativa. Además, se dedica un capítulo a la potestad sancionadora del Banco de España, tanto en los ámbitos prudencial como en el de la transparencia y la protección de la clientela.

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