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¿Cuáles son las claves de la ley Sandbox?

El pasado 14 de noviembre se publicó en el BOE la nueva Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero, más conocida como “Ley Sandbox”, aprobada en el Parlamento por unanimidad. Se regula así un entorno que la Ley define como «Espacio Controlado de Pruebas» que permite realizar ensayos de proyectos piloto de innovación financiera de base tecnológica suficientemente avanzados. 

Deben ser innovaciones que aporten valor añadido o utilidad potencial para la mejora de la regulación o supervisión, el cumplimiento normativo, la eficiencia de entidades o mercados, o suponer un eventual beneficio para los usuarios.

Es una medida de fomento de la digitalización en la que participan los supervisores financieros.

Puede ser una buena herramienta para desarrollar unas finanzas orientadas por datos y dar paso a una supervisión basada en los datos (SupTech).

Así lo considera la Comisión Europea que ha propuesto un proyecto piloto para infraestructuras financieras basadas en tecnologías de registros distribuidos más conocidas como Blockchain.

Determinación del territorio “Sandbox”

El término «Sandbox» identifica en el ámbito de la tecnología financiera (Fintech) la posibilidad de probar las innovaciones sin someterse a la disciplina financiera.

Actúa de puerto seguro para la industria, que puede operar sin el riesgo legal de incumplir las normas y verse sancionado. Las autoridades financieras contemplan Sandbox como una de las vías para estar en contacto con la industria Fintech y comprender sus modelos de negocio.

Sandbox permite ofrecer al público los productos y servicios en fase de pruebas. Para poder hacerlo, se regula un espacio controlado que exime a los operadores de cumplir ciertas normas facilitando su acceso al mercado. Es un régimen de exención, útil para que las autoridades puedan comprender Fintech y sus riesgos con el fin de poder adaptar la regulación financiera a las finanzas digitales.

Autoridades de control

El Espacio Controlado de Pruebas es un ámbito sometido al control de determinadas autoridades administrativas que actúan de forma colegiada.

Las autoridades competentes son:

Dichas autoridades conforman la «Comisión de Coordinación» del Espacio Controlado de Pruebas. Cada autoridad competente designará uno o varios monitores para el seguimiento del proyecto piloto.

Acceso y salida del Sandbox

La Ley regula el acceso al Espacio mediante un procedimiento administrativo restringido. Con periodicidad semestral, la Administración invita a los interesados a presentar solicitudes y, tras verificar que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, decide su admisión por razones de utilidad atendiendo a la eficiencia de la regulación financiera, al cumplimiento normativo o al eventual beneficio para los usuarios. La admisión se condiciona a la suscripción de un protocolo que incluye los términos en los que se deben realizar las pruebas.

De conformidad con el protocolo suscrito, el promotor debe disponer de garantías financieras para cubrir la responsabilidad por los daños y perjuicios en los que pudieran incurrir en el Espacio. Corresponde al desarrollo reglamentario determinar la forma de instrumentar estas garantías, siendo admisibles los seguros o avales bancarios.

Concluidas las pruebas, ya sea por alcanzar sus objetivos o por transcurso de su plazo de duración, el promotor debe elaborar una memoria de autoevaluación. Los promotores pueden solicitar en cualquier momento autorización para desarrollar actividades financieras o solicitar su ampliación cuando ya dispongan de ella.

Actividades reguladas y su distinción de las pruebas

Las pruebas que se realicen no suponen el ejercicio de una actividad reservada a las entidades financieras y, tal y como señala la Ley, “en ningún caso, supondrá la prestación de servicios con carácter profesional y habitual, ni tendrá carácter indefinido”.

En el caso de entidades que ya cuenten con autorización para el ejercicio de una actividad, solo quedarán exoneradas del cumplimiento de la normativa aplicable las actividades que queden dentro de los límites del proyecto piloto, sin que pueda extenderse la exención a las actividades ordinarias fuera del espacio controlado de pruebas.

La Ley separa así el ámbito de las actividades financieras sometidas a autorización administrativa y a normas de ordenación y disciplina, del de las pruebas del espacio Sandbox.


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