Sobre un tema tan universal como la herencia hablará Abel Marín, abogado experto en herencias y testamentos y socio cofundador de Marín y Mateo Abogados, en la próxima Jornada de Asesoramiento Financiero programada por EFPA España en Vigo el próximo 25 de marzo.

Cuando una persona se enfrenta a la decisión de aceptar o rechazar una herencia, es crucial analizar diversos aspectos legales, financieros y personales. A pesar de que, en principio, la herencia puede parecer una oportunidad inmejorable, existen factores determinantes que pueden inclinar la balanza hacia una renuncia. Hoy hablamos con Abel Marín, de Marín y Mateo Abogados, quien intervendrá en uno de los bloques de la próxima Jornada de Asesoramiento Financiero que EFPA España ha organizado en Vigo. Una semana antes del encuentro, le trasladamos algunas cuestiones, que nos sirven de aperitivo.
¿Qué aspectos se deben tener en cuenta a la hora de analizar todas las alternativas para aceptar o rechazar la herencia?
En mi opinión, hay solo un motivo para renunciar sin lugar a dudas a una herencia: cuando las deudas o cargas superan el valor de lo recibido. Las cuestiones fiscales no son nunca motivo suficiente para renunciar, siempre y cuando estés bien asesorado. Sin embargo, sí es cierto que, cuando los activos son de difícil valoración y enajenación, entrañan riesgos tributarios serios.
¿Existen situaciones en las que rechazar una herencia sea la mejor opción?
Insisto, con asesoramiento especializado, la carga tributaria, aunque sea odiosa y grave, nunca es motivo para renunciar, salvo en contados casos. Caso aparte, y minoritario, son las herencias que por motivos de conflictividad familiar y de impacto emocional, un heredero o heredera, no le merezca la pena el coste en términos de estrés o angustia enfrentarse a procesos hereditarios que pueden menoscabar su bienestar o salud mental.
Si una persona recibe una herencia, ¿cómo le afectará en su declaración de la renta?
El hecho imponible de recibir una herencia no está gravado por el IRPF, sino por el impuesto de sucesiones y donaciones. Es una pregunta muy habitual y fácil de responder, pero requiere una explicación adicional pues algunos contribuyentes pueden cometer el error de creer que la no sujeción al IRPF se extiende de por vida a los rendimientos de los bienes recibidos por título de herencia. Y son hechos imponibles diferentes.
¿Puedes ponernos un ejemplo?
Ejemplo sencillo: heredar una acción de una empresa del IBEX 35 no está sujeta al IRPF, pero sí los dividendos que recibirá en el futuro. Y también cuando venda dicha acción, tributaré por ganancia o pérdida patrimonial en renta, siendo el valor de adquisición el valor de cotización a fecha de fallecimiento del titular del cual la heredé (causante).
“Una herencia en la mayoría de los casos se trata de repartir un inventario de bienes entre varios herederos. Esto que a primera vista es obvio, entraña mucha complejidad”
Abel Marín, abogado experto en herencias y testamentos
¿Qué mensajes o mensaje principal quieres transmitir entre los asistentes a la próxima Jornada de Asesoramiento Financiero en Vigo?
Una herencia en la mayoría de los casos se trata de repartir un inventario de bienes entre varios herederos. Esto que a primera vista es obvio, entraña mucha complejidad, pues en esencia se trata de un contrato multilateral que requiere consenso en dos cuestiones peliagudas. La valoración de los bienes y deudas, de cada uno de ellos individualizado. Muchos bienes son “especiales”, de muy difícil valoración. En segundo lugar, la adjudicación de los mismos (deudas): con formación de lotes.
Y finalmente, hemos de tener en cuenta que las normas de reparto son ordenadas por el testador, o en su defecto por la Ley. Esto lo complica en muchas ocasiones, pues no todos los herederos siempre tienen las mismas cuotas (normalmente los viudos o viudas tienen derechos asimétricos a los descendientes).
¿Pensando en asistir? Reserva tu plaza para el 25 de marzo en Vigo, un encuentro que cuenta con el apoyo de Banco Mediolanum, Lazard Asset Management, Pictet, Santalucía Asset Management, Natixis y Crescenta.