Desde hoy se encuentra disponible el Boletín de Actualidad Regulatoria elaborado por Zunzunegui Abogados para EFPA España y que destaca, entre otros, el documento conjunto publicado por la EIOPA y el ECB con una propuesta destinada a reducir el impacto económico y financiero de las catástrofes naturales en la UE.
La citada propuesta consta de dos pilares complementarios. Por un lado, un plan de reaseguro público-privado de la UE para aumentar la cobertura de seguro contra el riesgo de catástrofes naturales. Dicho plan se financiaría con primas basadas en el riesgo de los (re)aseguradores o de los planes nacionales de seguros. Por otro lado, un fondo de la UE, compuesto por las contribuciones de los Estados miembro, para la financiación de catástrofes públicas con el objetivo de reforzar la gestión del riesgo público de catástrofes en los Estados miembro. Para Petra Hielkema, presidenta de la EIOPA: “Las propuestas presentadas pretenden iniciar un debate sobre posibles formas de reducir la brecha de protección de los seguros a través de una solución a nivel de la UE, preservando al mismo tiempo la integridad de los regímenes nacionales de seguros”.
Más allá de la propuesta de EIOPA
A nivel nacional, la CNMV ha emitido un comunicado advirtiendo de la entrada en vigor, el próximo 30 de diciembre de 2024, del Reglamento (UE) 2023/1114 de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA, por sus siglas en inglés). Este comunicado de la CNMV tiene la finalidad de aclarar dos cuestiones relevantes para el sector. Por un lado, con relación a la aplicación del periodo transitorio en España respecto a la prestación de servicios de criptoactivos, de conformidad con el artículo 142.3 del Reglamento MiCA, España ha decidido reducir este periodo a 12 meses.
Por lo tanto, dicho periodo finalizará el 30 de diciembre de 2025. Asimismo, la CNMV recuerda que únicamente podrán acogerse a este periodo transitorio aquellas entidades que vinieran prestando servicios de forma efectiva sobre criptoactivos antes de la aplicación del MiCA de acuerdo con la normativa nacional vigente.
A nivel europeo
En el ámbito europeo, la ESMA ha publicado el último paquete de informes finales que contienen normas técnicas regulatorias y directrices antes de la plena entrada en vigor, el 30 de diciembre de 2024, del Reglamento 2023/1114 de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA, por sus siglas en inglés).
El paquete incluye: (i) Normas técnicas de regulación sobre abuso de mercado; (ii) Directrices sobre la solicitud inversa; (iii) Directrices sobre idoneidad relativo al asesoramiento prestado por los proveedores de servicios de criptoactivos (CAPP); (iv) Directrices sobre los servicios de transferencia de criptoactivos; (v) Directrices sobre la calificación de criptoactivos como instrumentos financieros; (vi) Directrices sobre el mantenimiento de los sistemas y los protocolos de acceso de seguridad. En palabras de Verena Ross, presidenta de la ESMA:“La entrada en vigor del régimen MiCA marca un paso significativo hacia la existencia de un marco regulatorio para el mercado de las criptomonedas. Sin embargo, es crucial reconocer que el nuevo régimen no sería suficiente para eliminar la incertidumbre y la volatilidad inherentes al mercado de criptoactivos, y los inversores deben comprender plenamente los riesgos antes de participar en este espacio.”
Directrices de la EBA sobre riesgos ESG
Igualmente, la EBA ha publicado sus directrices definitivas sobre la gestión de los riesgos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés).Por un lado, estas directrices especifican los requisitos relativos a los procesos internos y los mecanismos de gestión de riesgos ESG que las entidades deben tener establecidos de conformidad con la Directiva sobre requisitos de capital (comúnmente conocida como CRD 6, por sus siglas en inglés).
Por otro lado, las directrices desarrollan el contenido de los planes que deben preparar las instituciones con vistas a supervisar y abordar los riesgos financieros derivados de los factores ESG, incluidos los derivados del proceso de ajuste hacia el objetivo de lograr la neutralidad climática en la UE para 2050. Las Directrices se aplicarán a partir del 11 de enero de 2026, excepto para las instituciones pequeñas y no complejas, para las cuales las Directrices se aplicarán a más tardar a partir del 11 de enero de 2027.
A nivel internacional
En lo que respecta al panorama internacional, el BIS ha anunciado nuevas medidas para promover la adopción de sus requisitos de datos armonizados ISO 20022 para un procesamiento más eficiente de los pagos transfronterizos.Estas medidas incluyen, en primer lugar, el mantenimiento de los requisitos de datos armonizados al menos durante el programa de pagos transfronterizos del G20 hasta finales de 2027. Para ello, el CPMI establecerá un panel conjunto con miembros de los grupos de prácticas de mercado globales ISO 20022.
En segundo lugar, el CPMI fomentará el desarrollo de directrices globales de prácticas de mercado ISO 20022 para pagos rápidos (también denominados pagos instantáneos) basados en los requisitos de datos armonizados, con el objetivo de que los pagos transfronterizos sean seguros y eficientes. Finalmente, el CPMI seguirá colaborando con los operadores de sistemas de pago y los proveedores de servicios de pago para alentarlos a implementar los requisitos de datos armonizados para finales de 2027.
Lectura de informe de EIOPA
Finalmente, se propone la lectura del Informe sobre tendencias de consumo para 2024, publicado por la EIOPA, en el que se destacan las principales tendencias en la experiencia de los consumidores con los productos de seguros y pensiones.Los datos contenidos en el informe sugieren que los consumidores utilizan cada vez más herramientas digitales a la hora de contratar productos de seguros y pensiones, lo que les permite comparar fácilmente las ofertas, esperar una tramitación más rápida de sus reclamaciones y hacer previsiones sobre sus futuros derechos de pensión.
Sin embargo, no todos los consumidores se benefician por igual de la digitalización. Si bien esta ofrece ventajas, también conlleva riesgos, como la exclusión digital y la desinformación. Algunos consumidores, además, pueden necesitar más asesoramiento del que está disponible digitalmente. Sumado a esto, el informe muestra que persisten los riesgos de relación calidad-precio, especialmente en lo que respecta a determinados productos de seguros con unidades de inversión vinculadas y productos híbridos.