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Plataformas digitales en el sector bancario y de pagos de la Unión Europea

La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) ha publicado el Informe sobre el uso de plataformas digitales en el sector bancario y de pagos de la UE. En este informe pone de manifiesto cómo la crisis de Covid-19 ha acelerado esta plataformización del sector financiero de la UE con previsión de que se intensifique en los próximos años.

Este fenómeno tiene sus ventajas y sus inconvenientes. Presenta una serie de oportunidades potenciales tanto para los consumidores como para las entidades financieras de la UE, por ejemplo, en la mejora de la accesibilidad de los servicios financieros y la reducción de los costes. Sin embargo, como se expone en este informe, también plantea retos y riesgos derivados de las nuevas formas de financiación y de la interdependencia financiera, unido a riesgos para la reputación.

Concepto de ‘plataforma digital’ y otras cuestiones

En este informe, la EBA ha adoptado una definición amplia del término ‘plataforma digital’ describiéndola como aquella:

“infraestructura técnica que permite a al menos una institución financiera directamente (o indirectamente utilizando un intermediario regulado o no regulado) comercializar a los clientes, y/o celebrar con ellos contratos de productos y servicios financieros“.

Si bien excluye de su ámbito de aplicación las plataformas de banca móvil o herramientas de banca en línea, las plataformas utilizadas únicamente por y para los proveedores de servicios de crowdfunding en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2020/1503, las plataformas utilizadas únicamente por y para los préstamos P2P; y, por último, las plataformas que sólo proporcionan servicios de información sobre cuentas (AIS).

Respecto a los diferentes tipos de plataformas digitales, la EBA en su informe se ha centrado en cinco tipos principales de infraestructuras tecnológicas que sirven de puente entre las instituciones financieras y los clientes. Hace mención de las plataformas que comparan productos de múltiples instituciones financieras,  a las plataformas de instituciones financieras que dan acceso a productos y servicios de terceros a las plataformas no financieras con servicios bancarios/de pago independientes a las plataformas que actúan como mercado para una pluralidad de terceros proveedores de servicios/productos financieros y no financieros y, por fin, a aquellas plataformas operadas por grandes empresas tecnológicas, incluidas BigTech, que ofrecen servicios de monedero digital y de pago.

Próximos pasos de la EBA

La EBA identifica en este informe una serie de acciones para mejorar la comprensión por parte de los supervisores de los modelos de negocio emergentes y la visibilidad sobre las nuevas formas de interconexión dentro del sistema financiero de la UE.

Anima a las autoridades competentes a que tomen medidas para ayudar a abordar esta cuestión mediante el diálogo y la recopilación de información en el contexto de la supervisión en línea y de las actividades de supervisión.

Para ello, ha anunciado las próximas medidas que llevará a cabo de forma prioritaria en 2022 para apoyar a las autoridades competentes, entre otras el desarrollo de cuestionarios comunes para las entidades financieras reguladas sobre el uso de plataformas y habilitadores digitales, además de compartir información sobre la dependencia de las instituciones financieras de las plataformas digitales.

Además, la EBA seguirá esforzándose por fomentar el intercambio de conocimientos y experiencias en materia de supervisión sobre las plataformas digitales y los facilitadores sobre una base sectorial y multidisciplinar, incluso a través de acciones coordinadas por el Centro de Conocimiento de FinTech de la EBA.

Finalmente, recuerda a las entidades financieras su obligación de garantizar una gobernanza y una gestión del riesgo operacional eficaces al aprovechar las plataformas digitales. También se recuerda la necesidad de garantizar unos niveles elevados de protección al consumidor.

Doctrina internacional

Por último, respecto a las plataformas digitales, autores internacionales de referencia, como son Dirk A. Zetzsche, Douglas W. Arner, William A. Birdthistle y Ross P. Buckley, en su artículo Digital Finance Platforms: Toward a New Regulatory Paradigm, recalcan que cada vez más partes de la cadena de valor de la gestión de activos se integrarán en ecosistemas de plataformas cada vez más dominantes.

Este proceso es fundamental para entender la evolución de las plataformas de inversión pasiva. Según estos autores esta evolución podría ser en parte beneficiosa, ya que la desintermediación puede reducir los costes. Mientras esto sucede, la regulación financiera debe tratar de mantenerse abierta a la innovación y equilibrarla con el riesgo.

Además, sostienen estos autores que los reguladores deben aplicar enfoques jurídicos acordes con la escala, el alcance y el papel de cada plataforma.

Las opciones que deben adoptar los reguladores dependerán de la fase de desarrollo de una determinada plataforma financiera digital, en particular en lo que respecta a la cuota de mercado, la posición dominante y la importancia de las funciones que ofrece la plataforma. Sin embargo, los reguladores deben estar dispuestos a actuar para reducir los importantes riesgos asociados a las plataformas financieras digitales derivados de su poder de mercado.


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