La tecnología blockchain y los criptoactivos llevan años entre nosotros, aunque desde su irrupción han estado cuestionados por ser un mercado carente de regulación y por las sombras/miedos que despiertan en los sectores tradicionales. ¿Qué es el reglamento MiCA y qué supone?
Frente a esa sensación de vacío legal, la Unión Europea ha dado un paso al frente con la presentación del primer reglamento MiCA (Markets in Crypto Assets, por sus siglas inglés). En este borrador, próximo ya a su aprobación final por el Parlamento Europeo, la Comisión Europea define los criptoactivos sujetos a la regulación, y establece unas condiciones mínimas de acceso a la actividad, transparencia y solvencia, entre otras, a todos los llamados proveedores de servicios sobre criptoactivos.
¿Qué es MiCA?
“No es técnicamente una ley, si no un reglamento de la UE. Los reglamentos europeos son de directa aplicación en todos los Estados miembros sin necesidad de que estos lleven a cabo su transposición”, explica José María Olivares desde finReg360.
MiCA busca “garantizar que la UE adopte la revolución digital y la lidere con la ayuda de empresas europeas innovadoras a la vanguardia, de manera que los beneficios de las finanzas digitales estén al alcance de los consumidores y las empresas de Europa”, según explicaba la Comisión Europea. “En definitiva, pretende regular de una forma ambiciosa el mercado de las criptoactivos en la UE, crear un marco homogéneo que regule la prestación de servicios y que aporte confianza y seguridad a los participantes del mercado”, insiste Pablo Corredoyra.
¿Qué regula?
MiCA regula la emisión, oferta y admisión a negociación, así como la prestación de servicios sobre criptoactivos, definidos estos como la «representación digital de valor o derechos, que puede ser transferido o almacenado electrónicamente a través de registro distribuido u otras tecnologías similares». En particular, MiCA incluye en su ámbito de aplicación a los siguientes criptoactivos:
- Tokens de dinero electrónico (e-money tokens): son criptoactivos que se emplean como medio de intercambio, pero cuyo valor se pretende mantener establece al estar referenciado a la par a una moneda oficial emitida por un banco central. Únicamente podrán emitirlas las entidades de crédito o de dinero electrónico.
- Tokens referenciados a activos: estos criptoactivos sirven también como medio de intercambio, ya que pretenden mantener estable el valor referenciado a cualquier otro valor o derecho o una combinación de ellos, incluidas una o varias monedas oficiales.
- Para autorizar su emisión de ambos tipos de tokens, es necesaria la aprobación de su White Paper y cumplir con ciertos requisitos.
- Otros criptoactivos: entre estos, se incluyen los utility tokens, que son aquellos que están destinados a proporcionar el acceso a un bien o un servicio suministrado por el emisor del token.
Además, MiCA, explican José María Olivares y Pablo Corredoyra desde finReg360, regula tanto la emisión, como la prestación de servicios asociados a los criptoactivos, como pueden ser el asesoramiento o la gestión de carteras.
¿Cuáles son los objetivos?
Desde finReg360 señalan cuatro grandes objetivos de esta regulación:
- Proporcionar seguridad jurídica a los criptoactivos que no están cubiertos por la actual legislación de la UE.
- Establecer normas para los proveedores de servicios de criptoactivos y los emisores.
- Garantizar la estabilidad financiera, frente a las emergentes stablecoins.
Ahora bien, MiCA se encuentra ante el último paso del complejo proceso legislativo de la UE, que es la votación del Parlamento Europeo, antes de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. En este sentido, se espera que esta se dé en febrero de 2023. Una vez aprobado MiCA, el calendario de su entrada en vigor está marcado por unos plazos de aplicación que van desde los 12 meses (emisión de stablecoins y e-money tokens) y 18 para el resto del reglamento. No obstante, los últimos acontecimientos ponen de manifiesto la necesidad de acortar dichos plazos. “Esto quiere decir que es bastante probable que la veamos entrar en juego en la segunda mitad de 2024”, apuntan José María Olivares y Pablo Corredoyra, socio y asociado de finReg360.
“MiCA está inspirada en MiFID II y por ello será una exigencia para los asesores financieros la formación en cripto. Mensaje claro y directo a todos los asesores financieros que deben formarse desde ya en activos digitales no solo para atender al cliente, sino para cumplir la regulación”
José María Olivares, socio de finReg360
“MiCA transformará el mercado cripto dando confianza y seguridad a todos los eslabones de la cadena: proveedores de servicios, plataformas de negociación, asesores, usuarios… Europa es pionera en la regulación de activos digitales, vamos por delante de EEUU, que solo tiene regulaciones en algunos Estados o iniciativas dentro del Senado y del Congreso, pero no una regulación a nivel país”.
Pablo Corredoyra, asociado de finReg360