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(II) Cuándo es mejor elegir un FI frente a un plan de pensiones

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En este post, vamos a analizar en qué casos es más conveniente invertir nuestros ahorros para la jubilación en un fondo de inversión, antes que conformarnos con un plan de pensiones al uso. También veremos si existen otras alternativas interesantes, en función del perfil de riesgo de cada inversor.

(Este artículo viene de Ahorrar para la jubilación: ¿Planes de pensiones o fondos de inversión?)

Para llevar esto a cabo,

partamos de un perfil de cliente determinado, aquellos inversores que cumplan al menos dos condiciones:

  1. Estar concienciados respecto a su decisión de acumular un patrimonio para la jubilación
  2. Estar dispuestos a asumir algo de riesgo en sus inversiones (es decir, que no tengan perfil de depósito o de Planes de Ahorro con rentabilidades y capital garantizados).

Suponiendo perfiles como éste,

¿En qué situaciones conviene invertir en un Fondo de Inversión en vez de un Plan de Pensiones?

A nuestro juicio, siempre que se cumplan todas o algunas de las siguientes características:

a) No les interese la ventaja fiscal que otorgan los Planes de Pensiones:

Normalmente, aquellos con mayores ingresos del trabajo (y por tanto con tipos marginales del IRPF más altos) son los más interesados en la ventaja fiscal, porque de cada 1.000 euros aportados se podrían ahorrar hasta un 45%.

Los menos pudientes, en cambio, se ahorrarían mucho menos por esa misma cuantía de aportación, por tener un tipo marginal menor.

Además, está el hecho de que aquel con un tipo marginal muy alto por altos rendimientos del trabajo a la jubilación, verá cómo cae mucho su tipo marginal, debido a que la pensión pública está topada en un máximo.

Por tanto, la diferencia entre lo que se ha venido ahorrando (tipo marginal aplicado sobre su aportación) y lo que tendrá que pagar en caso de cobrar el Plan en forma de renta (cuantía de la renta multiplicada por su tipo marginal) será mayor, por lo que se habrá beneficiado de la diferencia. Esta ventaja no la tienen los que tienen menos ingresos. Algunos cifran el límite en el que comienza a compensar la ventaja fiscal del Plan de Pensiones a partir de unos ingresos del trabajo de unos 20.000 – 25.000 euros/año.

b) No les guste la fiscalidad en el momento de cobro de los Planes de Pensiones:

Son aquellos que cuando cobran prefieren tributar sólo por la ganancia y hacerlo como Rendimiento de capital mobiliario (máximo 21%), como ocurre en los Fondos de Inversión. En vez de tributar por todo el capital acumulado (suma de aportaciones más ganancia) y hacerlo cómo rendimiento de trabajo (máximo 45%) como ocurre en los Planes de Pensiones. A cambio no podrán rebajar su factura fiscal de IRPF anualmente en función de la cuantía de aportación realizada.

c) Rechacen la iliquidez:

Es decir, que prefieren libertad para cobrar el fondo cuando quieran. Por ejemplo, para materializar pérdidas latentes con las que compensar otras ganancias que tributarían. Así podrán rebajar la factura del IRPF.

¿Son los fondos de inversión la única alternativa a los planes de pensiones?

Por último, también estarán los casos de aquellos inversores más pudientes. Su razón para no invertir en un plan de pensiones es el escaso límite de aportación anual de 8.000 €/año.

En tales casos, se podrá utilizar el Fondo de Inversión como complemento. Pero hay que decir que para los menos arriesgados existen otros alternativas posibles. Algunos productos financieros pueden servir para complementar el PP o PPA con rentabilidad garantizada. Además de ofrecer una ventaja fiscal en el momento del cobro.

Nos referimos a los PIAS (Plan Individual de Ahorro Sistemático) y los Planes de Ahorro a Largo Plazo (ya sea en su versión de depósito CIALP, o SIALP, de seguro de ahorro ).

En definitiva, creo que no se puede afirmar que un producto sea mejor que otro. Ello dependerá de diversos aspectos. Tales como: el perfil del cliente, su nivel de ingresos y tipo marginal en el IRPF, y de su horizonte de inversión, según las variables que hemos intentado explicar.

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José María Tamayo Andrade

Asociado EFPA – Certificación European Financial Advisor (EFA)

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