Este seguro de Responsabilidad Civil (RC) Profesional cubre las reclamaciones derivadas de la actividad del agente financiero y las EAF.
Cada vez es más importante estar protegidos ante cualquier reclamación por un error que cometamos en nuestra actividad diaria, motivo por el que cualquier actividad cuenta con su propio seguro de responsabilidad civil.
La correduría de seguros Globalbrok y EFPA España han cerrado un acuerdo por la que la primera ofrecerá a sus socios una cobertura de Responsabilidad Civil Profesional que cubra a los asesores financieros por sus actividades profesionales.
Para ello, Globalbrok, cuyo responsable es Carlos Herrera, acaba de cerrar un acuerdo de distribución para ofrecer una solución para el seguro de Responsabilidad Civil Profesional de Agentes Financieros y EAF con Dual Ibérica, la mayor agencia de suscripción internacional del mundo y el mayor coverholder de Lloyd’s.
De esta manera, los socios de EFPA España podrán cubrir su actividad en condiciones ventajosas gracias a este nuevo acuerdo. El objetivo de EFPA España no es otro que representar y defender los intereses de los profesionales del asesoramiento y la planificación financiera personal. Su propósito primordial es que todos los asesores financieros puedan tener un seguro de Responsabilidad Civil Profesional que les proporcione tranquilidad para desarrollar su actividad.
Desde EFPA España destacan que en el caso de los agentes financieros es aconsejable que tengan su propio seguro de RC Profesional, independientemente de que la entidad para la que trabaja lo tenga o no suscrito (siempre tendrá más seguridad en su defensa). En el caso de las Empresas de Asesoramiento Financiero (EAF) es necesario presentar el seguro de Responsabilidad Civil en la CNMV como requisito ineludible para ejercer como EAF.
¿Qué ventajas ofrece este Seguro de Responsabilidad Civil?
El objeto del seguro es garantizar al asegurado las consecuencias económicas derivadas de cualquier reclamación de Responsabilidad Civil de acuerdo a la legislación vigente, que se formule por primera vez contra el asegurado durante el período de seguro, por los daños recogidos en la Póliza causados a terceros por un error o falta profesional cometido por el asegurado en el desempeño de la actividad profesional actividad de Agente Financiero o EAF.
Se contempla en esta póliza la retroactividad ilimitada para actos profesionales realizados antes de la entrada en vigor de la póliza y cuyo conocimiento y reclamación al asegurado se produzca estando en vigor la póliza. El ámbito geográfico se extiende por la Unión Europea (UE) y el capital asegurado es de 300.000 euros y 1.000.000 euros en el caso de las EAF.
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